Los hurtos en España: «Si me sale bien perfecto, si me pillan no pasa nada»

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Carlos Rago • Criminólogo

Los hurtos en supermercados y centros comerciales están a la orden del día en nuestro país, tal vez consecuencia de la impunidad que conlleva el delito leve de hurto cuando la cuantía no excede de la cantidad fijada en el código penal para considerarse un delito menos grave (obviaremos la cuantía para no dar pistas a los «malos»).

Los hurtos se han convertido en un negocio muy rentable gracias a la propia legislación que debería evitar el beneficio para el delincuente. En este caso, en España el riesgo de robar en un supermercado o en cualquier establecimiento comercial es cero. Si sale bien la jugada, me llevo los productos sustraídos a casa. Por el contrario, si el vigilante del establecimiento se da cuenta y me retiene hasta la llegada de la policía, aporto un domicilio conocido, me identifico y no me llevan ni a comisaría.

Y aquí viene el problema, al ser un delito leve solo cabe la detención en el supuesto que no se tenga un domicilio conocido o no preste fianza bastante. Por ello, no se detiene a los hurtadores «leves» y ni siquiera quedan fichados a nivel policial para valorar la posible reincidencia. El procedimiento habitual en caso de ser pillados es realizar una citación para que se personen en el juzgado. Una vez acuden, salen de la justicia y regresan al supermercado a realizar el mismo procedimiento; ¿por qué? Porque el riesgo es nulo y tal vez, en la mayoría de los casos sale bien la jugada.

No se debe permitir esta situación y la legislación debe cambiar para no premiar al delincuente que aprovecha esta circunstancia legislativa para llevar a cabo delitos contra el patrimonio con total impunidad y sin tener en cuenta la reincidencia.





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