Golpea a una mujer, la viola y luego coge a su perro para que también la penetrara

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Poder Judicial 

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a trece años de prisión a un hombre que golpeó reiteradamente a una mujer, la violó y tomó a su perro para que también la penetrara.

En una sentencia que no es firme ya que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria, la Sección Primera de la Audiencia le considera autor de un delito de violación y de otro de lesiones, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de drogadicción, ya que en el momento de los hechos estaba afectado parcialmente por el consumo de cocaína y alcohol.

Además de la pena de prisión, se le impone una medida de libertad vigilada de ocho años y una indemnización a la mujer de 16.680 euros, por las lesiones, el daño moral y la secuela que le ha quedado: una agravación de otros trastornos mentales que ya padecía.

Según los hechos probados que recoge la sentencia, el acusado conoció a la mujer en el club donde ella trabajaba. Ese mismo día se fueron a casa de él, donde ella permaneció los siguientes días de forma voluntaria.

Dos días después de haberse conocido, estuvieron consumiendo cocaína y el acusado, además, ginebra con cerveza.


En un momento dado, la conducta de él “se tornó en una fuerte agresividad”: propinó una bofetada a la mujer, la agarró por el pelo, la arrastró hasta una habitación y la amenazó con pegarla dos tiros, colocando una pistola, a la que había introducido balas, en la boca de la mujer.

Durante todos esos actos, “en ningún momento dejó de golpearle en el rostro y en la cabeza”, señala la sentencia.

Más tarde, cogió un cuchillo y le hizo un corte en el rostro, continuando con golpes por todo el cuerpo con distintos objetos y arrastrándola agarrada del pelo por toda la vivienda.

“Ante la violencia de la situación y el temor al acusado, a la mujer le fue imposible abandonar el lugar”, señala la resolución.

Después, “sin dejar de golpearla, le ordenó que se desnudara y se pusiera a cuatro patas”, lo que ella hizo “por la angustia que sentía”. El hombre la penetró anal y vaginalmente, y le dijo “que iba a llamar a su perro para que la violara, lo que finalmente ocurrió”.

Aprovechando que el procesado se quedó dormido, la mujer escapó de la vivienda.

Como consecuencia de estos actos, sufrió lesiones en múltiples partes del cuerpo: muslos, rodillas, costados, espalda, oído, nariz, mejillas, brazos…, y requirió tratamiento médico y terapia psiquiátrica.

Además, en las muestras tomadas, se halló semen del procesado y de semen no humano, y en el registro del domicilio de él se encontraron distintos objetos que utilizó para golpearla: un machete, un hacha, un pincho, un revolver, una navaja, una vara y un cinturón con hebilla metálica, entre otros.

El procesado admitió lo sucedido

La Audiencia ha considerado acreditados estos hechos tras escuchar el relato de la mujer, al que otorga “plena credibilidad”. “Lo que señaló, de modo coherente y persistente, y de forma verosímil y creíble, haber vivido, sin motivo ninguno para dudar de su versión de lo sucedido, se ve corroborado por una pluralidad de prueba periférica”, señala la sentencia.

Así, el propio acusado admitió los hechos, lo que “implica ya una sólida ratificación de lo que la víctima ha mantenido”, pero además está respaldado por las “contundentes conclusiones” de los dictámenes de las médicos forenses, que acreditaron el estado físico y psicológico en el que se hallaba la mujer inmediatamente después de los hechos y las consecuencias que a nivel psicológico causó la vivencia sufrida.

Además, las lesiones quedan evidenciadas por las fotografías aportadas, y los objetos con los que se provocaron se recogieron en la entrada y registro de la vivienda del procesado.

Que mantuvieron relaciones sexuales lo acreditan las muestras analizadas por el Instituto Nacional de Toxicología, que confirma las penetraciones tanto anales como vaginales del procesado y su perro.

Logró doblegar la voluntad de la mujer con la fuerza física

En definitiva, el tribunal considera acreditado que el acusado “realizó actos sexuales con penetración anal y vaginal sobre la mujer, sin que esta hubiera prestado consentimiento ninguno”.

Y lo hizo “habiendo conseguido doblegar su voluntad”, “ejerciendo fuerza física” y, además, en el interior de su vivienda, lo que “derivó en una obvia coerción sobre su voluntad, que quedó totalmente anulada”.

La mujer entonces adoptó “una actitud de sometimiento, que no de consentimiento, teniendo que aprovechar para escapar cuando él cayó dormido”, concluye.

De acuerdo con la Directiva (UE) 2016/343 del Parlamento Europeo y del Consejo, se debe tener en cuenta la presunción de inocencia de la persona enjuiciada hasta que adquiera firmeza la resolución que ponga fin al procedimiento judicial. FOTO DE ARCHIVO


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