Condenado a 11 años de cárcel a un hombre que mató a un hostelero durante una disputa por cocaína

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Poder Judicial 

La sección segunda de la Audiencia Provincial de Ourense ha condenado, de acuerdo con el veredicto del tribunal del jurado, a once años de cárcel al hombre que el 4 de febrero de 2020 mató a un hostelero tras discutir con él por drogas. El sospechoso, que ha sido considerado autor de un delito de homicidio, deberá indemnizar con 22.000 euros a cada una de las dos hijas de la víctima personadas en el procedimiento. El condenado, según consta en el apartado de hechos probados de la sentencia, acudió al bar que regentaba el fallecido, que ya estaba cerrado, con la finalidad de comprarle sustancias estupefacientes, como ya había hecho en otras ocasiones, portando un arma detonadora. La víctima le proporcionó dos gramos de cocaína, en lugar de los cuatro que pretendía el comprador, lo que provocó una discusión entre ambos. Durante la disputa, el acusado, que se negaba a abandonar el local, empujó al hostelero, provocando su caída al suelo, donde le golpeó en la cabeza con la pistola. Además, le clavó una botella rota en el cuello, ocasionándole la sección de la vena yugular. 

El sospechoso fue absuelto del delito de hurto que le imputaban porque el jurado consideró que se apoderó de las llaves y del móvil del fallecido para “borrar posibles vestigios del crimen y ocultar su responsabilidad”. El tribunal del jurado tuvo en cuenta la confesión del acusado, que fue corroborada “por la abundante prueba testifical y pericial que se desarrolló en el plenario”, según resalta la Audiencia en la sentencia. 

El tribunal no pareció ninguna de las atenuantes invocadas por la defensa, es decir, ni la de haber actuado a causa de su grave adicción a sustancias estupefacientes ni la de confesión tardía. “Considera que no median pruebas documentales ni testificales en relación con la toxicomanía del acusado y, en base a las testificales de los actuantes, entiende que la colaboración del acusado no fue decisiva en la averiguación del delito”, señala la Audiencia en el fallo.

Foto: Alterfines / Pixabay





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