Una sentencia reconoce el derecho de una agente a trabajar en un horario concreto para poder conciliar

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Desde la Asociación Unificada de Guardias Civiles en Alicante queremos dar a conocer un nuevo logro en los tribunales para los guardias civiles. En esta ocasión ha sido el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Dos de Alicante el que ha vuelto a reconocer los derechos de una agente destinada en una Unidad de la Comandancia de Alicante a la que la Administración, obviando claramente los mismos, no quiso estimar su petición de poder realizar su jornada laboral con la concreción horaria que interesó expresamente y que respondía a fundadas razones de necesidad de conciliación de su vida familiar con la profesional. 

La agente, actualmente madre de dos hijos menores de edad, ambos escolarizados, debido a que precisa permanente cuidado de sus hijos, y cuyo marido también agente de la Guardia Civil trabaja en mismos horarios de mañana, tarde y noche, por lo que les impide hacerse cargo como es debido del cuidado de los menores, solicitó una reducción de jornada laboral, así como realizar servicio en un horario concreto en el turno de mañana con el fin de poder atender a sus hijos, siendo concedida sus pretensiones en cuanto a la reducción de jornada pero desestimado por las autoridades del Cuerpo la concreción horaria que había solicitado, lo que motivó su recurso ante los tribunales.

La sentencia dictada por el ya mencionado Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Alicante acuerda, sin embargo, que se debe estimar la pretensión articulada por la agente a través de la Asociación Unificada de Guardias Civiles (AUGC), que ha estado representada por su abogado en la delegación de Alicante, Alberto Manuel Mollá Díez, ordenando así que para compatibilizar la vida familiar y profesional del agente, se le nombre servicio únicamente de lunes a viernes de 09:30 a 15:30 horas.

Leer más en fuente original: AUGC





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