El TSJCat ordena a la Generalitat a vacunar a todos los cuerpos policiales por igual

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Poder Judicial 

La sala resuelve en la su sentencia:

«1º. DECLARAR NULA DE PLENO DERECHO la inactividad mantenida por el Departament de Salut en el desarrollo de la actividad de vacunación de Policía Nacional y Guardia Civil, por resultar discriminatoria y contraria al artículo 14 de la Constitución.

2º. ORDENAR la continuación de esa actividad de vacunación en igualdad de condiciones de los mencionados cuerpos, con el resto de funcionarios que realizan actividades declaradas esenciales.

3º. Se condena en costas a la Administración demandada, si bien se establece una cuantía máxima de cuatro mil (4.000) euros, por todos los conceptos, incluido el IVA.»

El tribunal considera que en la planificación de ka vacunación a los cuerpos policiales destinadots a Cataluña se discriminó tanto a la Policía Nacional como a la Guarda Civil en favor de los Mossos d’esquadra. 

La sentencia esgrime que «las vacunas a los cuerpos no nacionales comenzaron a administrarse el 10 de febrero de 2021″, mientras que los agentes de los «cuerpos nacionales» no tuvieron acceso a ellas hasta el 12 de marzo. «Es decir, con un mes de diferencia, y a un ritmo, además, extremadamente lento. 

«Junto a ese retraso -prosigue-, se aprecia también una falta total de iniciativa en la Administración Autonómica respecto de la atención a los cuerpos nacionales. Y es que, si la vacunación del resto de cuerpos comenzó el día 10 de febrero de 2021, necesariamente antes de ese día ya se habían establecido respecto de ellos comunicaciones y llegado a acuerdos para la creación de censos y organización de la puesta de vacunas. No parece que la diferente adscripción de los diferentes cuerpos, autonómicos y locales, fuera un problema, a la vista del parejo altísimo porcentaje de vacunados logrados ya el 24 de marzo de 2021«.





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