La respuesta a esta pregunta planteada ahora por la polémica instrucción que ha emitido el Ministerio del Interior es sí, la policía podrá registrarte el coche de conformidad con el artículo 20 de la Ley de Seguridad Ciudadana.
La entrada en vigor de la Instrucción 7/2025, dictada por la Secretaría de Estado de Seguridad, ha provocado un profundo debate en torno a la aplicación de la Ley Orgánica 4/2015 de Seguridad Ciudadana, especialmente en lo relativo a las actuaciones policiales frente al consumo o tenencia de drogas en vehículos estacionados.
El texto ministerial establece que la posesión o consumo de drogas en el interior de un coche estacionado no constituye infracción administrativa, al no considerarse estos espacios incluidos en la categoría de “vía pública” o “transporte colectivo”, tal y como exige el artículo 36.16 de la ley.
Sin embargo, la legalidad de los registros en vehículos no se ve afectada por esta instrucción, ya que el artículo 20 de la misma ley sigue vigente y permite a los agentes registrar un vehículo, tanto en su exterior como en su interior, cuando existan indicios racionales de que puede ocultar elementos relacionados con la seguridad ciudadana.
Este contraste normativo ha generado malestar dentro del ámbito policial, donde los sindicatos mayoritarios temen que la instrucción pueda reducir la capacidad operativa preventiva, dificultando la intervención ante situaciones que, hasta ahora, sí se consideraban sancionables. La ausencia de sanción administrativa en estos supuestos, aunque no impide el registro cuando existan motivos fundados, puede limitar su eficacia disuasoria.
Desde el punto de vista jurídico, la interpretación adoptada por la Secretaría de Estado en la aplicación práctica plantea problemas de coherencia normativa y de operatividad policial, afectando por tanto a la Seguridad Ciudadana.
Esta nueva instrucción va a permitir que se burle la ley, consiguiendo el efecto contrario que la misma persigue. Ahora se verá a gente dentro de los coches fumando marihuana, esnifando cocaína o, en el peor de los casos, consumidores habituales de drogas como la heroína inyectando en vena la sustancia dentro de los coches en barrios marginales o en lugares de venta directa de droga.
Así mismo, que se permita en consumo en el interior de un coche estacionado en vía pública aumentará los riesgos contra la seguridad vial, incrementando los accidentes de tráfico con heridos y muertes.
El debate se centra ahora en si el legislador deberá aclarar la redacción del artículo 36.16 para delimitar mejor qué espacios están sujetos a sanción. Mientras tanto, los agentes continúan amparados por las facultades de registro de vehículos que establece la ley, siempre que concurran indicios razonables de riesgo para la seguridad ciudadana.
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